MEDIACIÓN, CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE EN EL ÁMBITO DEL DERECHO PÚBLICO
En la mediación interviene un tercero, que modera el debate y trata, de forma imparcial, de acercar las posturas de las partes. La solución al conflicto se concreta mediante el mero acuerdo de las partes implicadas.
En la conciliación interviene también un tercero, aunque, de esta vez, propone una recomendación formal sobre el asunto a tratar (no obligatoria, se requiere el compromiso de las partes para su cumplimiento).
En el arbitraje, un tercero designado por las partes propone la solución, que es vinculante y podrá ser ejecutada posteriormente (y en caso de incumplimiento) en sede judicial.
OTROS SERVICIOS
